1. ¿Qué es un Poder / Mandato?

    El artículo 1684 del Código Civil venezolano, conceptualiza el poder como un instrumento legal donde costa un mandato por el cual una persona se obliga gratuitamente o mediante salario a ejecutar uno o más negocios por cuenta de otra, que le han encargado de ello.

  2. Tipos de poderes:
  3. Poder Especial: El poderdante faculta al apoderado para un tipo de acto jurídico concreto en Venezuela. El costo de los poderes especiales es de cien euros (100.00€) en tasas consulares por documento.

  4. Poder General: El poderdante otorga facultades al apoderado para actuar en todos o en algunos ámbitos, con carácter general, que deberán quedar especificados en el poder. El costo de los poderes generales es de trescientos euros (300.00€) en tasas consulares por documento.

  5. El poder deberá ser un documento redactado y visado (firmado y sellado) por un abogado o abogada debidamente inscrito(a) en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) y habilitado(a) para el libre ejercicio de la profesión. El documento deberá remitirlo escaneado o digitalizado, en formato PDF, en hoja tamaño DIN A4, justificado, Interlineado 1.5, tipo de letra arial 11, márgenes 2.7 cm por cada lado.

    Debe presentar la copia de la cédula de identidad y el carnet del INPRE abogado que ha visado el poder.

    El visado deberá venir estampado en la esquina superior izquierda del primer folio y firmado con tinta color azul.

    Copia digitalizada o escaneada
    en PDF y con una resolución máxima de 300ppp, de la Cédula de Identidad y Pasaporte vigente del (los) otorgante(s) y cédula de identidad vigente del (los) apoderado(s) y documentación de identidad vigente de los 2 testigos.

  6. Soportes legibles para verificar los datos que incorporó en el poder. (ejemplo, RIF, registros del inmueble, acta de asamblea, registro mercantil, entre otros.)

  7. El documento debe finalizar con la coletilla: En la ciudad de Santa Cruz de Tenerife, Islas Canarias, Reino de España, a la fecha de su autenticación.

  8. En la parte final del poder, debajo del texto, se debe incluir el nombre completo y cédula del (los) otorgante(s), de manera centrada.

    Ej.: Maria Xxxxxx Xxxxxxxx
    C.I. V- xxxxxxxxxx

    Enviar los documentos a la siguiente dirección de correo electrónico:
    ap3@consuladodevenezuelaencanarias.com

    Una vez revisados los recaudos, se le indicará el tipo de poder, el monto a pagar por concepto de tasas consulares y se le indicará el día que debe presentarse en esta Misión Consular para revisar, firmar y retirar el documento.

    El día de la cita debe presentarse lo(s) poderdante(s) con su cédula de identidad venezolana o pasaporte y abonar las tasas consulares.




REVOCATORIAS:


  • Se solicitan los mismos requisitos para tramitar los poderes, pero además, se deberá presentar copia del poder original a ser revocado o sustituido. Las tasas consulares dependerán del tipo de poder a revocar.



COPIAS CERTIFICADAS:


  • Las copias certificadas de los documentos autenticados en el Consulado General, deberán solicitarse por escrito, indicando el número de acta, folios, libro o tomo y fecha en que fue otorgado el documento. El costo de las copias certificadas es de ochenta euros (80.00 €) por documento.